Derechos de los residentes de residencias geriátricas

Derechos del residente de una residencia geriátrica

El ingreso en una residencia geriátrica no implica la pérdida de los derechos fundamentales que como personas todos tenemos. Las leyes garantizan derechos específicos a quienes residen en estas instituciones, incluyendo:

- Derecho a la información y participación en residencias públicas.

- Derecho a la intimidad y a la confidencialidad de datos personales.

- Derecho a considerar la residencia como su propio hogar. 

- Derecho a la continuidad del servicio bajo las condiciones acordadas en el contrato, con ajuste solo por inflación (IPC).

- Derecho a no ser sometido a restricciones o contenciones físicas o farmacológicas sin prescripción y supervisión médica.

- Derecho a la tutela por parte de las administraciones públicas.

- Derecho a no ser discriminado.

Además, si se cumplen ciertos requisitos, se tiene derecho a ingresar en una residencia pública o a recibir ayuda económica de la Administración para cubrir los costos del ingreso.

Con la aprobación de la Ley de Dependencia, las personas mayores con reconocimiento legal de dependencia tienen derechos adicionales, tal como se describe en el artículo 4 de la Ley. Si desea saber si es dependiente, puede utilizar la calculadora de la dependencia.

Derechos específicos reconocidos en la Ley de Dependencia

El artículo 4 de la Ley de Dependencia (Ley 39/2006, de 14 de diciembre) establece los siguientes derechos para las personas en situación de dependencia:

1. Derecho a acceder a las prestaciones y servicios en igualdad de condiciones en todo el territorio español.

2. Derecho a disfrutar de todos los derechos establecidos en la legislación vigente, con especial atención a los siguientes:

  • A disfrutar de los derechos humanos y libertades fundamentales, con pleno respeto a su dignidad e intimidad.
  • A recibir información completa y accesible relacionada con su situación de dependencia.
  • A ser informado y dar consentimiento para cualquier procedimiento relacionado con un proyecto docente o de investigación.
  • A la confidencialidad en la recogida y tratamiento de sus datos, de acuerdo con la Ley Orgánica de Protección de Datos.
  • A participar en la formulación y aplicación de políticas que afecten su bienestar.
  • A decidir sobre su tutela personal y patrimonial en caso de pérdida de capacidad de autogobierno.
  • A decidir libremente sobre el ingreso en un centro residencial.
  • A ejercer plenamente sus derechos jurisdiccionales en casos de internamiento involuntario.
  • A ejercer plenamente sus derechos patrimoniales.
  • A iniciar acciones legales en defensa de sus derechos.
  • A la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
  • A no sufrir discriminación por orientación o identidad sexual.

Es fundamental recordar que la ley reconoce la capacidad de acudir a los tribunales si considera que sus derechos no son suficientemente protegidos.

Si surgen problemas relacionados con los derechos del residente en una residencia, lo más aconsejable es dialogar primero con la dirección y el equipo del centro. La mayoría de los conflictos pueden resolverse hablando. Si esto no es efectivo, se puede buscar asesoramiento de la administración o de alguna asociación de usuarios.

Esta información ha sido recopilada por Josep de Martí, Gerontólogo Social y Jurista.